¿Qué es el modelo 303 y cómo funciona el IVA para un autónomo?
El IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido) no es un coste para ti: es un impuesto que cobras a tus clientes en nombre de Hacienda y que, cada trimestre, le ingresas después de descontar el IVA que tú has pagado en tus compras y gastos.
- IVA repercutido (devengado): el que añades en las facturas que emites. Es dinero de Hacienda, no tuyo.
- IVA soportado (deducible): el que te cobran tus proveedores en las facturas de tus gastos de actividad.
- Resultado del trimestre: repercutido − soportado deducible. Si es positivo, ingresas la diferencia. Si es negativo, compensas en trimestres siguientes o, en el cuarto trimestre, puedes pedir la devolución.
Los tipos de IVA más habituales:
| Tipo | Se aplica a (ejemplos) |
|---|---|
| 21 % (general) | La mayoría de bienes y servicios, incluida la mayor parte de servicios profesionales |
| 10 % (reducido) | Algunos alimentos, transporte de viajeros, hostelería, vivienda y otras operaciones específicas |
| 4 % (superreducido) | Productos básicos (pan, leche, libros, medicamentos) y otros supuestos concretos |
Existen operaciones exentas (por ejemplo, ciertas actividades sanitarias o educativas) que no repercuten IVA y en las que, normalmente, no se presenta el 303; y regímenes especiales (recargo de equivalencia, simplificado, criterio de caja). Si dudas del tuyo, consulta antes con un profesional.
¿Quién tiene que presentar el modelo 303?
Lo presentan los autónomos y empresas que realizan actividades sujetas a IVA en el régimen general (y otros regímenes según su caso), cada trimestre. Quienes tienen devolución mensual (REDEME) o ciertas dimensiones lo presentan mensualmente.
Se presenta aunque no hayas tenido operaciones en el trimestre, siempre que estés dado de alta y obligado (en ese caso, a cero), salvo que tu actividad esté totalmente exenta o en otro régimen.
Plazos del modelo 303 en 2026
| Trimestre | Periodo | Plazo de presentación | Domiciliación bancaria |
|---|---|---|---|
| 1T | Enero a marzo | Del 1 al 20 de abril | Hasta el 15 de abril |
| 2T | Abril a junio | Del 1 al 20 de julio | Hasta el 15 de julio |
| 3T | Julio a septiembre | Del 1 al 20 de octubre | Hasta el 15 de octubre |
| 4T | Octubre a diciembre | Del 1 al 30 de enero del año siguiente | Hasta el 25 de enero |
Si el último día cae en sábado, domingo o festivo, el plazo pasa al siguiente día hábil. A diferencia del modelo 130, el 303 no es acumulativo: cada trimestre se calcula solo con las operaciones de ese trimestre.
Casillas clave del modelo 303
El formulario tiene muchas casillas, pero un autónomo en régimen general, sin operaciones especiales, usa sobre todo estas:
IVA devengado (lo que has cobrado)
| Casillas | Qué va en ellas |
|---|---|
| 01, 02 y 03 | Ventas al 4 %: base imponible, tipo y cuota |
| 04, 05 y 06 | Ventas al 10 %: base imponible, tipo y cuota |
| 07, 08 y 09 | Ventas al 21 %: base imponible, tipo y cuota |
| 10 y 11 | Adquisiciones intracomunitarias de bienes (compras a proveedores de la UE) |
| 27 | Total cuota devengada: suma de todas las cuotas de IVA repercutido del bloque |
IVA deducible (lo que has pagado)
| Casillas | Qué va en ellas |
|---|---|
| 28 y 29 | IVA soportado en operaciones interiores corrientes: base y cuota (compras y gastos de actividad) |
| 30 y 31 | IVA soportado en bienes de inversión (equipos duraderos): base y cuota |
| 45 | Total a deducir: suma de las cuotas deducibles |
Resultado
| Casilla | Qué va en ella |
|---|---|
| 46 | Resultado del régimen general: casilla 27 − casilla 45 |
| 64 a 69 | Regularizaciones y resultado tras aplicar porcentajes y compensaciones de periodos anteriores (para un autónomo sin particularidades, suele coincidir con la 46) |
| 71 | Resultado de la liquidación: lo que ingresas, compensas o te devuelven |
La fórmula completa: IVA a ingresar = IVA repercutido (27) − IVA soportado deducible (45), ajustado por compensaciones de trimestres anteriores.
Ejemplo numérico completo: consultor freelance en el tercer trimestre
Carlos es consultor autónomo. En el tercer trimestre de 2026 (julio a septiembre) emitió facturas a clientes con IVA del 21 % y tuvo gastos de su actividad. Estos son sus datos del trimestre, sin IVA:
- Facturas emitidas: 12.000 euros de base.
- Gastos corrientes (software, coworking, gestoría, formación): 3.000 euros de base, con IVA del 21 %.
- Bien de inversión (un portátil): 1.200 euros de base, con IVA del 21 %.
Paso 1: IVA devengado (casillas 07, 08, 09)
| Casilla | Concepto | Importe |
|---|---|---|
| 07 | Base imponible al 21 % | 12.000 € |
| 08 | Tipo | 21 % |
| 09 | Cuota (12.000 × 21 %) | 2.520 € |
| 27 | Total cuota devengada | 2.520 € |
Paso 2: IVA deducible (casillas 28, 29, 30, 31 y 45)
| Casilla | Concepto | Importe |
|---|---|---|
| 28 | Base de gastos corrientes | 3.000 € |
| 29 | Cuota soportada (3.000 × 21 %) | 630 € |
| 30 | Base de bienes de inversión | 1.200 € |
| 31 | Cuota soportada (1.200 × 21 %) | 252 € |
| 45 | Total a deducir (630 + 252) | 882 € |
Paso 3: Resultado
| Casilla | Concepto | Importe |
|---|---|---|
| 46 | Resultado régimen general (2.520 − 882) | 1.638 € |
| 71 | Resultado de la liquidación | 1.638 € a ingresar |
Carlos ingresa 1.638 euros de IVA. Fíjate en lo que significa: de los 12.000 euros de base que facturó (14.520 con IVA), los 2.520 de IVA no son suyos, y de ellos recupera 882 por lo que pagó en gastos. Su ingreso real por esas facturas no fue 14.520, sino 12.000, y su IVA neto es 1.638.
Y si el resultado sale negativo
Supongamos que, en otro trimestre, María facturó 4.000 euros de base (840 euros de IVA) pero compró equipos y servicios por 6.000 euros de base (1.260 euros de IVA soportado).
- IVA devengado (casilla 27): 840 €
- IVA deducible (casilla 45): 1.260 €
- Resultado (casilla 46): 840 − 1.260 = − 420 €
En los trimestres primero, segundo y tercero, ese saldo se compensa en los siguientes (se marca la opción de compensar y se arrastra al trimestre siguiente). En el cuarto trimestre puedes compensar en el año siguiente o solicitar la devolución, conforme a las opciones del formulario.
Qué IVA puedes deducir y qué requisitos debes cumplir
No todo el IVA que pagas es deducible. Para deducir el IVA soportado:
- La factura debe estar a tu nombre y NIF, con todos los requisitos legales (consulta nuestra guía de cómo hacer una factura). Un ticket sin datos suele no valer.
- El gasto debe estar relacionado con tu actividad. Los gastos personales no son deducibles.
- Debe estar correctamente registrado en tu libro de facturas recibidas y dentro del plazo en que puedes deducirlo.
- Casos especiales:
- Vehículos: normalmente se presume un uso del 50 % para la actividad y solo se deduce esa parte, salvo excepciones.
- Gastos mixtos (por ejemplo, una parte de una vivienda usada como oficina): sólo la parte afecta.
- Atenciones a clientes y comidas: las reglas son restrictivas.
- Actividades exentas: si realizas operaciones exentas, la deducción puede limitarse (prorrata).
- Bienes de inversión: hay reglas de regularización a lo largo de los años.
Guarda siempre las facturas y justificantes (al menos durante el plazo de prescripción), porque Hacienda puede pedirlos.
Modelo 303 y modelo 130: qué diferencias hay
Suelen confundirse porque se presentan en las mismas fechas:
| Modelo 130 | Modelo 303 | |
|---|---|---|
| Impuesto | IRPF (pago a cuenta) | IVA |
| Qué se calcula | 20 % del beneficio acumulado (ingresos − gastos) | IVA cobrado − IVA pagado |
| ¿Acumulativo? | Sí (desde enero) | No (solo el trimestre) |
| Se trabaja con | Importes sin IVA | Bases y cuotas de IVA |
| Quién lo presenta | Autónomos en estimación directa (salvo exentos por retenciones) | Quienes realizan actividades sujetas a IVA |
Consulta nuestra guía del modelo 130 para el pago fraccionado del IRPF.
Cómo presentar el modelo 303 paso a paso
- Reune tus facturas emitidas y recibidas del trimestre y tu libro de IVA.
- Calcula las bases y cuotas por tipo de IVA (4 %, 10 %, 21 %) de tus ventas y de tus gastos.
- Accede a la sede electrónica de la Agencia Tributaria con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve.
- Busca el modelo 303, elige ejercicio y trimestre.
- Rellena el IVA devengado (casillas 01 a 09), comprueba la casilla 27.
- Rellena el IVA deducible (casillas 28 a 31 y siguientes), comprueba la casilla 45.
- Revisa el resultado (casillas 46 y 71) y las compensaciones de trimestres anteriores.
- Elige la forma de pago: domiciliación (antes del día 15), pago con tarjeta o NRC desde tu banco.
- Presenta y guarda el justificante con el código seguro de verificación.
Consejo: un buen programa de facturación genera el libro de IVA y calcula el 303 con tus facturas. Revisa siempre las cifras antes de presentar.
Operaciones con clientes y proveedores de la UE y de fuera
Si facturas o compras a otros países, el tratamiento cambia:
- Servicios a empresas de la UE: suelen facturarse sin IVA (inversión del sujeto pasivo) y se declaran en casillas específicas, además del modelo 349 si te inscribes en el ROI.
- Compras de bienes a la UE: adquisiciones intracomunitarias (casillas 10 y 11, con el IVA deducible correspondiente).
- Importaciones y exportaciones: tienen reglas propias.
- Ventas online a consumidores de la UE: pueden aplicar el régimen de ventanilla única (OSS).
Si trabajas con el extranjero, consulta tu caso con un asesor antes del primer trimestre.
El resumen anual del IVA (modelo 390)
Además de los cuatro modelos 303, la mayoría de obligados presentan un resumen anual (modelo 390) en enero, junto al cuarto trimestre, con un resumen de todas las operaciones del año. Comprueba en la Agencia Tributaria si estás obligado en tu caso y los plazos vigentes.
Errores habituales con el modelo 303
- Gastarse el IVA cobrado. Es dinero de Hacienda; respérvalo en una cuenta aparte.
- Incluir facturas sin los requisitos legales o a nombre de otra persona.
- Deducir IVA de gastos personales o no afectos a la actividad.
- Olvidar facturas emitidas o declararlas en el trimestre equivocado.
- Confundir bases y cuotas o aplicar el tipo incorrecto.
- No presentar el modelo cuando sale a cero o negativo.
- No arrastrar el saldo a compensar de trimestres anteriores.
- Presentar fuera de plazo y asumir recargos.
- Confundirlo con el modelo 130. Son impuestos distintos.
- No guardar los justificantes y los libros registro.
Preguntas frecuentes
¿Qué es el modelo 303? La autoliquidación trimestral del IVA: IVA repercutido menos IVA soportado deducible.
¿Cuándo se presenta en 2026? Del 1 al 20 de abril, julio y octubre, y del 1 al 30 de enero del año siguiente. La domiciliación tiene fecha límite anterior.
¿Es acumulativo? No. Cada trimestre se calcula solo con las operaciones de ese trimestre.
¿Qué casillas rellena un autónomo normal? Las de IVA devengado por tipo (01 a 09), el total (27), el IVA deducible (28 a 31), el total a deducir (45) y el resultado (46 y 71).
¿Qué pasa si el resultado es negativo? Se compensa en trimestres siguientes. En el cuarto trimestre puedes compensar o pedir la devolución.
¿Puedo deducir el IVA de mis gastos si no tengo factura? No. Necesitas factura con los requisitos legales a tu nombre.
¿Tengo que presentarlo si no he facturado? Si estás obligado y de alta, sí, a cero.
¿Qué diferencia hay entre el 130 y el 303? El 130 es el adelanto del IRPF (20 % del beneficio acumulado); el 303 es el IVA (cobrado menos pagado) y no es acumulativo.
¿Qué pasa si me olvido de presentarlo? Habrá recargos y posibles sanciones. Presenta cuanto antes, ya que si lo haces de forma espontánea el recargo es menor.
Checklist para presentar el modelo 303
- Tengo claro el trimestre y el plazo límite (y el de domiciliación).
- He recopilado todas las facturas emitidas y recibidas del trimestre.
- He separado las bases y cuotas por tipo de IVA.
- Solo deduzco IVA de facturas válidas y de gastos de mi actividad.
- He comprobado las casillas 27, 45 y 46.
- He aplicado las compensaciones pendientes de trimestres anteriores.
- He elegido la forma de pago y guardado el justificante.
- He apartado el IVA para el siguiente trimestre.
Conclusión
El modelo 303 se resume en una resta: IVA que cobras menos IVA que pagas. Si llevas tus facturas al día y separas el IVA del dinero que realmente es tuyo, presentarlo es rápido. Recuerda su diferencia con el modelo 130, que no es acumulativo y se calcula sobre bases con IVA, y reserva cada trimestre el importe para no tener sorpresas.
Si estás empezando, consulta cómo darse de alta como autónomo, cuánto cuesta ser autónomo al mes y la guía del modelo 130. Y si prefieres delegar, valora una gestoría online o un programa de facturación que prepare tu 303 con tus facturas.
Este artículo tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento fiscal personalizado. La numeración de casillas, los tipos y los plazos pueden cambiar: verifica la información en la sede electrónica de la Agencia Tributaria o con un profesional. Última revisión: octubre de 2026.

